LA ETICA DE LOS YUTUBERS
LA ETICA DE LOS YUTUBERS
YUTUBERS Y A GENERACION CENTENIAL
- Entretenimiento: juegos y retos (challenge).
- Humor: sketches, bromas.
- Tutoriales: procedimientos para realizar alguna actividad.
- Reseñas (reviews): análisis crítico de productos mediáticos, como películas, videojuegos o moda.
- Talento: creadores novatos presentan sus esfuerzos artísticos.
- Educativos y de divulgación científica.
- Personales: hablan sobre sus experiencias personal (viajes, cotidianidad, etcétera). Este último punto, como veremos, es clave en la formación de identidades.
OXIOMAS ETICOS DE LOS YUTUBERS
→ La música utilizada para transmitir un mensaje o generar un estado de ánimo no debería ser aleatoria. |
→ No se debería abusar de expresiones vulgares, aunque estas sirvan para conectar mejor con el usuario. |
→ En una parodia no importa la cantidad de elementos utilizados siempre que se indique que se trata de una parodia. |
→ En una parodia, la única coherencia interna debe ser la transparencia de los elementos utilizados, es decir, que estos sean fácilmente reconocibles y no den lugar a confusión en cuanto a la finalidad de su uso. |
→ Los vídeos basados en el humor y en el absurdo no necesitan encaminarse a una significación profunda. |
→ A la hora de hacer ejercicio, el/la youtuber debería implicar al usuario en la acción, motivándole y animándole a superarse. |
→ No deberían figurar elementos superfluos que distraigan la atención de los ejercicios que protagonizan este tipo de vídeos. |
→ Es normal deformar palabras en un contexto humorístico y distendido donde se busca divertir mediante el absurdo. |
→ El/la youtuber puede agradecer el seguimiento a sus suscriptores de forma individual gracias a su interacción en el apartado de comentarios. Resulta poco creíble que afirme querer a quien no conoce (o apenas conoce). |
Fuente: elaboración propia.
Tabla 6. Axiomas éticos de los youtubers aplicables a Uso de materiales.
|||||||||| ElRubius |||||||||| Gym Virtual ||||||||||Dulceida |||||||||| Verdeliss
→ La parodia de una canción no debería molestar al autor original mientras ésta sea fácilmente identificable y no se manifieste ánimo de ridiculizar al autor o a su obra. |
→ Usar imágenes de una narrativa no debería dañar la imagen de la obra original mientras queden claros el contexto de realización y su finalidad. |
→ Un/a youtuber debe utilizar materiales ajenos con los debidos permisos de sus autores, o bien usar aquellos cuyos derechos permitan ese tratamiento. |
→ El/la youtuber debe utilizar materiales ajenos con los debidos permisos de sus autores, o bien usar aquellos cuyos derechos permitan ese tratamiento. |
Fuente: elaboración propia.
Tabla 7. Axiomas éticos de los youtubers aplicables a Responsabilidad social.
|||||||||| ElRubius |||||||||| Gym Virtual ||||||||||Dulceida |||||||||| Verdeliss
→ Una asociación humorística no debería ofender siempre y cuando quede claro el contexto absurdo de dicha asociación. |
→ Cualquier vídeo de cualquier temática puede inducir al consumo. Lo importante es que no relacione con una idea de dependencia. |
→ A pesar de que cada cual decide hacer o no ejercicio físico dependiendo de sus limitaciones, el/la youtuber debería indicar si existen riesgos para algún tipo de público. Ej.: personas con alguna dolencia o enfermedad. |
→ Cualquier youtuber debería indicar en su canal cuál es su preparación relacionada con el tema. No obstante, puesto que es algo gratuito, no tiene obligación de hacerlo. |
→ Es positivo que los vídeos de fitness se orienten a objetivos claros, en la medida en que estos son los que realmente interesan a los usuarios. |
→ El/la youtuber no debe orientar su contenido a favor de estereotipos muy marcados como, por ejemplo, querer parecerse físicamente a un famoso. |
→ El culto al cuerpo debe verse relacionado con la mejora de la salud y el desarrollo personal, sin que la autoestima dependa de la apariencia. |
→ Aunque sea influencer, el/la youtuber no debería acaparar por sí mismo/a la representación de todo un movimiento social. |
→ El/la youtuber no puede ofender a nadie mientras no ataque a ningún colectivo de manera injustificada, y mucho menos cuando trata temas y relaciones de su vida personal en tono humorístico y desenfadado. |
→ Cualquier mensaje puede incitar al consumo. El/la youtuber no debe relacionar un determinado tipo de ropa o complemento con expectativas equivocadas, como la aceptación social por vestir de determinada manera. |
→ Un reallity sobre una familia puede aportar ejemplos positivos de convivencia. El/la youtuber debería explotar esta ventana operativa siempre que pueda. |
→ Grabar en espacios públicos no debería ser un problema siempre que se respeten las normas del lugar y, en este caso, no se muestre a personas que no quieran aparecer. |
→ El/la youtuber que dedique su actividad a temas de familia, debería fomentar actitudes colaborativas entre hombres y mujeres. |
→ Cualquier tema es susceptible de banalizarse. El/la youtuber deberá abordar temas trascendentales (como pudiera ser un embarazo) sin caer en lo superficial, ofreciendo un sentido claro al porqué de su propuesta. |
Fuente: elaboración propia.
Tabla 8. Axiomas éticos de los youtubers aplicables a Imagen de sí mismo/a y de quienes le acompañan.
|||||||||| ElRubius |||||||||| Gym Virtual ||||||||||Dulceida |||||||||| Verdeliss
→ El/la youtuber debe evitar caer en el egocentrismo. Lo importante es lo que desea transmitir. |
→ Cualquiera puede mostrar al mundo sus relaciones personales siempre y cuando exista consentimiento por parte de quienes aparecen en los vídeos y sepan cómo y dónde se difundirá su imagen. |
→ El/la youtuber debe ser responsable de la imagen que da de sí mismo/a, ya sea más o menos sexualizada. |
→ El/la youtuber puede sexualizar su imagen si así lo pretende, mientras no pueda con ello ofender ni generar malestar a nadie. En caso de tratar asuntos socialmente significativos, deberá especificar su objetivo para no dar lugar a dudas y evitar en la medida de lo posible una imagen cosificada de sí mismo/a. |
→ El/la youtuber no debería verse afectado en su imagen al hacer algo ridículo, siempre y cuando sepa que lo hace y se trate de un contexto pretendidamente humorístico y distendido. |
→ El/la youtuber vende una imagen de sí mismo y de su entorno. Dependiendo de cómo sea el tono de sus contenidos y su propio comportamiento, puede ser tildado de egocéntrico/a. |
→ Cualquier youtuber puede difundir cualquier contenido personal siempre que no ofenda a nadie. |
→ Cualquiera puede elegir qué subir y cuándo a sus redes sociales, aunque hay momentos en los que estas actividades deberían quedar relegadas a un segundo plano, más aún si ya está trabajando ese contenido en otro canal (como YouTube). |
→ En un formato reallity es normal asociar egocentrismo a sus protagonistas, interesados en mostrar su cotidinanidad. Para no fomentar esta impresión, el/la youtuber debería no presumir ni dar una imagen forzada de sí mismo/a, ni de su entorno. |
→ El/la youtuber no debería difundir la imagen de menores, aunque tenga su tutela. Al menos no debería hacerlo de forma regular, ya que el menor no puede decidir sobre su imagen y su privacidad. |
→ La conducta del/la youtuber debería ser razonable y coherente. No siempre podrá controlar cómo le percibe el usuario-espectador en términos de naturalidad. |
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